vuestra infeliz educacion no os permite levantaros á ideas tan sublimes, no opongais los estorbos de la preocupacion á las almas generosas que osan emprenderlo en beneficio de la patria, Sus juicios no van á ser las leyes, cuya sancion toca al Soberano; mas van á dejar espeditos los caminos para que ellas se reciban: acaso van á suministrar el pensamiento de que sean promulgadas. Por fortuna se desconoce entre nosotros la ley de Creta, que impedia el hablar mal de las leyes de aquel pueblo. Por el contrario, el espíritu de las leyes de partida, la costumbre de algunos honrados españoles muy bien recibida de parte del gobierno, todo autoriza entre nosotros unos designios tan benéficos. Mas si encerraran nuestros códigos una regla semejante, yo no le daria otro sentido que el que Sócrates hallaba en la de Creta. Ellu (dice el sabio anciano) solo tiene por objeto el mantener la observancia de las leyes, probibiendo la detraccion, cuando se dirige al desprecio de la patria ó de las personas que la rigen. Quare ne parcas, añade este filósofo al Cretense, sed liberè leges nostras reprehende. Neque enim turpe est dicere, si quid malè se habet, in quo deliquit ; nam hinc, si non cum invidiâ, sed cum amore boni dicatur, remedium invenitur. A Ea pues, jóvenes ilustres, que consagrais vuestros talentos á la ciencia mas nohle y ge nerosa; á la que tiene por objeto la felicidad de nuestra especie, no defraudeis las esperanzas qne de vuestro estudio se anticipan los honrados patricios que saben el estado de las luces, los medios que os franquean todas las circunstancias actuales. Una vida tranquila y exenta de las zozobras en que estábamos por los peligros de la guerra; la atencion del gobierno convertida al progreso de las cien cias, y á mejorar nuestro sistema de legislacion y economía; un cuerpo finalmente en cuyas juntas hace un comercio de las luces con ventajas muy seguras, se baten las ideas hasta tomar aquella forma que á la verdad es conveniente; todo os convida y estimula sá una empresa la mas digna del cuidado de los hombres. Empezando por el exámen de las leyes, por la completa inteligencia de su espíritu, notad en seguida los defectos que en ellas se os descubran, y los medios con que puedan corregirse. Pero que vuestros trabajos sean en esta parte mas circunspectos todavia que en la primera, precediendo una constante meditacion, y una crítica severa antes : de emprender el publicarlos Sobre todo, que siempre en los discursos brillen los nobles caracteres del propio desinteres del amor al bien de los hombres, del celo finalmente por la mejora de su estado, únicas sendas que conducen al templo de la verdad y de la gloria, o amarais. Advertencia. CAP. I. Cualidades de la enseñanza en general. : Seccion 1 De la claridad en la espo- sicion de los preceptos. Seccion 2 Del enlace de los preceptos. 49 50 52 53 Seccion 43 Del estilo de las lecciones. 55. CAP. II. Aplicacion de algunas de las re- Seccion 1 De las definiciones.. Seccion 23 De las divisiones.. Seccion 3a De la esplicacion de los tér- minos técnicos. . Seccion 4 De los ejemplos. Seccion 5 Del abuso de las citas.. Seccion 7 De las sutilezas. Seccion 8a De las declamaciones. Seccion 9 De la eleccion de un libro elemental.. 58 65 66 70 75 77 CAP. III. De los exámenes y conclusiones. 82 COMPENDIO HISTÓRICO DEL DERECHO ROMANO. Dedicatoria á la academia jónia.. . de los reyes.. CAP. II. Derecho romano hasta las doce CAP. III. Derecho romano desde las doce 97 100 ΙΟΙ Tablas hasta el tiempo de Augusto... 105 |